lunes, 15 de junio de 2009

Por una verdadera ley de protección animal

Estimado (a) amigo (a):

Ya aparece en la pagina web de la Asamblea Nacional la noticia de la aprobación de 52 artículos de la Ley de Protección Animal.

Los artículos que menciona la reseña no pertenecen al Proyecto de Ley aprobado en Primera Discusión el cual avalamos la mayoría de los proteccionistas asociaciones y fundaciones del país dedicadas a velar por el bienestar de los animales.

Hemos redactado una carta solicitando a la Asamblea Nacional todos y cada uno de los artículos aprobados a la fecha, tal como nos corresponde por derecho a la participación en la elaboración de las leyes de la República.

Solicitamos tu aprobación para colocar nombre, cédula de identidad y asociación o fundación que representas.

La carta ha de ser enviada este mismo lunes 15 de junio, por lo cual esperamos tu más pronta y urgente respuesta.

A continuación el contenido de la carta:

Caracas, 15 de junio de 2009.







Ciudadanos (as) Diputados (as)

Comisión de Ambiente

Asamblea Nacional

Presente.-





Reciban Ustedes un cordial saludo al momento de plantear la siguiente situación.



Según se señala en información registrada en la web de la Asamblea Nacional, con el título “Comisión de Ambiente continuó debate de la Ley de Protección de Animales Domésticos Libres y en Cautiverio”, con fecha Jueves, 04 de Junio de 2009 - 18:06:24 (http://www.asambleanacional.gob.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=22190&Itemid=59), de Zenaida Da Costa, la Comisión ha aprobado a la fecha 52 artículos de la Ley de Protección de Animales Domésticos Libres y en Cautiverio.



Tal información puede resultar, inicialmente, altamente satisfactoria para quienes venimos trabajando por la aprobación de una Ley que declare y ampare los derechos de una población débil y jurídicamente desasistida como lo son los animales. Sin embargo, surge también una preocupación en tanto que, según el mismo escrito web, se han aprobado artículos que no forman parte del Proyecto aprobado en primera discusión por la Asamblea Nacional, tales como la prohibición, de la propiedad y tenencia del Pittbull a partir del 1 de enero del año 2015. Se incorpora, además, una definición de los animales domésticos que es cuestionada por la organizaciones protectoras en tanto es discriminatoria, jerarquizadora e injusta para animales que, según el mismo criterio, no reúnen las características de “deseables”.



Por otra parte, algunos criterios sugeridos en la información publicada en la referida página Web, parece indicar que fueron ignoradas las propuestas realizadas por las asociaciones protectoras del país que asistieron a la Consulta Pública convocada por la Comisión de Ambiente en fecha 25 de marzo de 2009, en la cual se realizaron mesas de trabajo, en las cuales participaron diversos sectores y en las cuales resultó como propuesta unánime discutir en base al Proyecto de Ley presentado por la Abog. Edith Varela y que fue aprobada en primera discusión por la Plenaria de la Asamblea Nacional.



Como consecuencia de las dudas que el mencionado escrito Web genera en lo que tiene que ver con los contenidos que están siendo aprobados en la mencionada Ley, solicitamos, sujetos al derecho de todo ciudadano de conocer y participar en la elaboración de las leyes de la República, se sirvan brindarnos la información oficial sobre todos y cada uno de los Artículos aprobados a la fecha. Asimismo, solicitamos información sobre la agenda de discusión de los sucesivos artículos de la Ley a objeto de evitar confusiones y malos entendidos en el curso que sigue la aprobación de una herramienta jurídica por la que hemos trabajado y por la cual tenemos el más genuino interés.



Agradeciendo su pronta gestión al respecto, quedamos de Ustedes, atentamente,





ORGANIZACIONES

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